Sernac peruano ordena a Falabella, Sodimac, Ripley y otras 10 empresas a entregar productos vendidos por ecommerce o su reembolso en 10 días
Estas empresas ofertaron sus productos a través de sus páginas web. No obstante, pese a haber pactado una fecha de entrega, no habrían cumplido con entregar los mismos.
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La Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor de Perú, Indecopi -a través de una medida cautelar- ordenó a 13 empresas que no cumplieron con entregar los productos que vendieron por internet en las fechas pactadas, que en un plazo máximo de 10 días calendario entreguen estos a los consumidores, cambien el producto por uno de similares características o devuelvan el dinero pagado más los intereses legales.
La institución informó que además, la Secretaría Técnica inició procedimientos administrativos sancionadores contra cada una de estas empresas por la presunta infracción al deber de idoneidad.
Adicionalmente se ordenó a estas empresas que, durante el mismo plazo, deberán publicar a través de su página web y redes sociales la orden contenida en esta medida cautelar, a fin de que todos los consumidores afectados puedan conocer el mandato.
Los denunciados
En esa línea, la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 del Indecopi inició procedimientos administrativos sancionadores contra las 13 empresas que vendieron sus productos bajo la modalidad de comercio electrónico, por la presunta infracción al deber de idoneidad.
Las empresas 13 que habrían vulnerado las expectativas de los consumidores son:
- Saga Falabella S.A. (Saga Falabella)
- Tiendas del Mejoramiento del Hogar (Sodimac)
- Homecenters Peruanos S.A. (Promart)
- Supermercados Peruanos S.A. (Plaza Vea)
- Conecta Retail Perú S.A. (Efe / Curacao)
- América Móvil Perú S.A.C. (Claro)
- Cencosud Retail Perú S.A. (Cencosud)
- Rash Perú S.A.C. (Coolbox)
- Entel Perú S.A. (Entel)
- Hipermercados Tottus S.A. (Tottus)
- Importaciones Hiraoka S.A. (Hiraoka)
- Tiendas Peruanas S.A. (Oechsle)
- Tiendas por Departamento Ripley S.A. (Ripley)
Cabe indicar que tras la investigación realizada por el Indecopi, se habría determinado que estas empresas ofertaron sus productos a través de sus páginas web. Sin embargo, pese a haber pactado una fecha de entrega, no habrían cumplido con entregar los mismos.
En algunos casos, se verificó la dilatación en su entrega, la no reprogramación de los pedidos realizados y la no entrega en el plazo pactado, lo cual constituye una vulneración al artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Es preciso indicar que estas empresas se encuentran en plazo legal para formular sus descargos a la imputación realizada, así como para presentar recurso de apelación contra la medida cautelar impuesta, ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, segunda y última instancia administrativa de la institución.